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  1. Informe de salvoconductos durante el primer mes de la emergencia sanitaria.

  2. El salvoconducto de las personas que realizan actividades particulares estará vigente hasta la medianoche del miércoles 22 de abril. Mientras que -el utilizado por los sectores productivos, de abastecimiento y estratégicos- hasta las 23:59 del viernes 24 de abril.

  3. El Salvoconducto para la circulación de persona particulares durante la restricción vehicular por el corona virus Covid-19 tiene una validez de 1 día y en horas autorizadas. Una persona puede solicitar el salvoconducto en Ecuador únicamente para acudir a las citas médicas.

  4. CIUDADANO. Únicamente se podrá solicitar el salvoconducto para emergencias médicas y tratamientos o citas de personas crónicas no terminales. OJO: En el caso de tratamiento por enfermedades terminales y emergencias de salud no se requerirá de salvoconducto.

  5. Los salvoconductos se emitirán en la página de la AMT (www.amt.gob.ec) donde se debe ingresar los datos del conductor, vehículo y actividad que se va a realizar. IMPORTANTE: – Desde el 14 de septiembre se emitirán salvoconductos solo para citas médicas y transporte hacia el aeropuerto de Quito.

  6. Se requerirá salvoconducto para la movilización en horarios de restricción vehicular por el último dígito de la placa y/o en horario de toque de queda, en los siguientes casos: 1. Citas médicas 2. Personas que cuidan a gente de la tercera edad, personas con enfermedades catastróficas o personas con discapacidades 3.

  7. El salvoconducto permite movilizarse aún dentro de esos horarios. SIn embargo, el 20 de abril se emitió un Protocolo para la emisión a Emisión y Control de Salvoconductos, aprobado por el...

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